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2024-07-16
![[법률S토리] "나이 속이고 접근"… 미성년 추행 혐의 억울하다면](/_next/image?url=https%3A%2F%2Fd1tgonli21s4df.cloudfront.net%2Fupload%2Fboard%2Fbroadcast%2F20240716120036188.webp&w=3840&q=100)
Se decide por unanimidad constitucional "elevar la edad para la violación fingida de menores"
La cuestión principal es si se debe reconocer o no a los menores por adelantado.
El día 1, la Corte Constitucional resolvió que la disposición de la Ley Penal que castiga el adulterio con un menor de entre 13 y 16 años mediante la aplicación del delito de violación ficticia de un menor no viola la Constitución.
En un caso de apelación constitucional (2022 Heonba 106, etc.) en relación con el artículo 297, el artículo 297-2 y el artículo 298 del artículo 305, párrafo 2 de la Ley Penal, que estipula el castigo por adulterio y abuso de menores, los jueces decidieron por unanimidad que era constitucional.
Según el párrafo 2 del artículo 305 (Adulterio y abuso de menores) de la Ley Penal, si un adulto mayor de 19 años comete adulterio o abuso de menores con un menor de entre 13 y 16 años, será castigado como violación, cuasi-violación o abuso de menores por la fuerza. No tiene nada que ver con si la otra parte está de acuerdo o no.
Anteriormente, esta disposición sólo se aplicaba cuando la víctima era menor de 13 años. Sin embargo, como los delitos sexuales digitales contra adolescentes se volvieron controvertidos tras el llamado "Incidente de la habitación N y la habitación del médico", la Ley Penal fue revisada en mayo de 2000. Se estableció recientemente el párrafo 2 y el estándar de edad se elevó a "menores de 16 años". Esta decisión es la primera desde que se estableció recientemente la disposición anterior.
El Tribunal Constitucional dictaminó que la disposición no violaba el principio de prohibición del exceso porque era una medida legal para proteger a los menores de estimulación o infracción sexual inapropiada.
El Tribunal Constitucional expuso el motivo de la constitucionalidad, diciendo: "Las personas entre 13 y 16 años no pueden ejercer plenamente su derecho a la autodeterminación sexual, al igual que las personas menores de 13 años. Incluso si un acto sexual se realiza con consentimiento, se basa en una comprensión incompleta del significado del acto sexual y no puede evaluarse como un ejercicio pleno del derecho a la autodeterminación sexual".
El propósito es brindar una protección más amplia a los menores, ya que los delitos sexuales digitales contra menores que carecen del derecho a la autodeterminación sexual son cada día más sofisticados.
Los solicitantes de esta demanda constitucional son acusados que fueron acusados bajo la aplicación de un estándar de edad aumentado. Los demandantes alegaron que la disposición violaba el principio de prohibición del exceso y violaba el derecho a la autodeterminación sexual y la libertad de privacidad.
En particular, se dijo que esta disposición no tenía en cuenta la edad de la víctima, su madurez física o mental ni la relación específica entre el autor y la víctima. Limitar el castigo a los mayores de 19 años también planteó problemas.
Si mintió intencionalmente sobre su edad para obtener el dinero del acuerdo
Se han planteado sistemáticamente debates sobre el aumento del estándar de edad, incluida la recomendación del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (CDN) de aumentar el estándar de edad. La decisión del Tribunal Constitucional va más allá de la discusión y prepara medidas prácticas para hacer frente a la mayor exposición de los jóvenes al riesgo de delitos sexuales debido a la activación de las redes sociales, como en el 'incidente de la Habitación N'.
Recientemente, los tribunales han estado imponiendo castigos más severos a los delitos sexuales contra menores. El artículo 302 de la Ley Penal estipula que toda persona que cometa adulterio o abuso sexual contra un menor o una persona mentalmente débil mediante fraude o fuerza será castigada con pena de prisión de hasta cinco años.
Si la violación se comete mediante agresión o intimidación, la violación se castiga de conformidad con el 'artículo 7, párrafo 1 de la Ley especial para el castigo de los delitos de violencia sexual, etc.' y se castiga con cadena perpetua o prisión por un período determinado de 10 años o más.
En algunos casos, si la víctima miente intencionalmente sobre su edad para obtener un acuerdo, o si la edad de la víctima es difícil de identificar y el acto se cometió bajo el supuesto de que la víctima era un adulto, los cargos pueden aplicarse injustamente.
Durante el juicio, una cuestión importante es si había conocimiento previo de que la víctima era menor de 13 años. En este caso deberá acreditar que desconocía la edad de la víctima mediante pruebas objetivas.
Si ha sido acusado injustamente de esta manera, debe consultar con un abogado profesional desde el comienzo del caso para elaborar un plan para probar las circunstancias al momento de conocer a la víctima. Se necesita asistencia jurídica para recopilar pruebas objetivas y evitar que se reconozca la intencionalidad.
[Ver artículo completo] - [Historia Legal S] “Mintiendo sobre la edad y acercándose”… Si te acusan injustamente de abusar sexualmente de un menor (Vaya aquí)
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