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2024-11-12

El tribunal dictaminó que las tarjetas de crédito emitidas a nombres robados no tienen ninguna deuda de uso.
El 30 de septiembre, el Tribunal del Distrito Central de Seúl falló a favor del demandante en una demanda presentada por el cliente A contra la compañía de tarjetas de crédito para confirmar la ausencia de deuda.
El Sr. A, que dirigía un negocio, descubrió tardíamente en 2021 que un empleado había obtenido una tarjeta de crédito a su nombre. Como resultado de verificar el historial de uso con la compañía de la tarjeta de crédito, se acumuló un saldo de aproximadamente 28 millones de wones para el Sr. A.
El Sr. A negó el hecho de que se hubiera emitido la tarjeta. Se dice que al empleado se le emitió una tarjeta utilizando su propio teléfono móvil y su documento de identidad. Por tanto, se argumentó que no había obligación de reembolsar la tarifa de uso. Sin embargo, la posición de la compañía de tarjetas fue diferente. Se confirma que se realizó una llamada telefónica directa con el Sr. A en el momento de la firma del contrato, y que la tarjeta fue entregada en el lugar de trabajo del Sr. A. Además, enfatizó que el uso no autorizado de la tarjeta de crédito por parte del empleado fue causado por el manejo descuidado de la información personal por parte del Sr. A, y que tenía la obligación de pagar la deuda.
El tribunal falló a favor del Sr. A. El tribunal dijo: "Si observa los registros de llamadas presentados por la compañía de tarjetas de crédito, la voz en la grabación no coincide con la voz del Sr. A" y "más bien, se parece más a un empleado que se hace pasar por el Sr. A". Al mismo tiempo, explicó que “la dirección a la que se envió la tarjeta no es el lugar de trabajo del Sr. A sino la residencia del empleado”, y no se puede ver que el Sr. A haya firmado el contrato directamente.
Al mismo tiempo, se resolvió que “mientras el contrato de tarjeta de crédito del demandante no sea válido, no se acredita el ‘descuido’ alegado por la compañía de la tarjeta de crédito”, y “no existe deuda por el uso de la tarjeta de crédito en cuestión”.
El abogado Lee Ki-eun de Bufete de abogados Daeryun (Limited), que representó al demandante, dijo: "Las compañías de tarjetas deben verificar la identidad de acuerdo con los procedimientos legales al emitir tarjetas de crédito" y agregó: "Al emitir una tarjeta, deben examinar de cerca si la persona que solicita la emisión es la que recibe la tarjeta".
El abogado Lee agregó: "Debido al error de la compañía de la tarjeta de crédito, la tarjeta de crédito fue emitida y entregada a un empleado en lugar del Sr. A". Y añadió: "Pudimos obtener un resultado razonable teniendo en cuenta el hecho de que el empleado reconoció que había obtenido y utilizado la tarjeta robando el nombre del Sr. A".
[Ver artículo completo] - Una tarjeta creada en secreto por un empleado... Tribunal: “La emisión no es válida, no hay obligación de devolver el dinero” (Atajo)
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