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2025-06-09

El Tribunal de Distrito de Changwon cita la reclamación del demandante en su totalidad
El tribunal dictaminó que si el contratista había celebrado una garantía conjunta con el contratista en el momento de firmar el contrato de construcción, el contratista debe reembolsar conjuntamente la cantidad que no pagó al proveedor. El objetivo es que el contrato surta efectos de reembolso y cree una obligación solidaria.
El día 9 del mes pasado, el Tribunal de Distrito de Changwon falló a favor del demandante, como en el juicio original, en el juicio de apelación de una demanda presentada por la empresa A, un socio proveedor de hormigón premezclado, contra dos empresas, incluida la empresa B, propietaria del proyecto de construcción.
Anteriormente, la Empresa A firmó un contrato con una empresa constructora en julio de 2022 para suministrar hormigón premezclado por valor de unos 120 millones de wones. En este proceso, la Empresa A solicitó una garantía solidaria a la empresa constructora. En consecuencia, la empresa B, la empresa que realizó el pedido, se comprometió a garantizar la deuda por el hormigón premezclado.
Sin embargo, comenzó un conflicto cuando la empresa constructora no pagó 82 millones de wones en costos de construcción a la empresa A. En consecuencia, la empresa A presentó una demanda contra la empresa B, que proporcionó una garantía conjunta con la empresa constructora. Se argumentó que si la empresa constructora no puede permitirse pagar la deuda, la empresa B, garante solidaria, también debería ser considerada responsable.
Sin embargo, la empresa B respondió que no era responsable. Todos los costos de construcción ya han sido pagados a la empresa constructora. La empresa B enfatizó: “La empresa A estaba al tanto de la incapacidad de pago de la empresa constructora, pero no les notificó esta situación” y agregó: “Por lo tanto, no podemos ser considerados solidariamente responsables”.
El primer tribunal de primera instancia confirmó todas las reclamaciones de pago de la Compañía A. El tribunal dictaminó: "El precio del concreto premezclado se pagó parcialmente en dos ocasiones. Como afirma el demandado, no hay base para admitir que el demandante conocía de antemano la situación de deterioro financiero de la empresa constructora. Por lo tanto, no aceptamos el reclamo del demandado".
La empresa B, que no estaba satisfecha con el fallo del primer juicio, apeló inmediatamente, pero el tribunal de apelaciones también se puso del lado de la empresa A.
"De acuerdo con el artículo 436-2 de la Ley Civil, si el deudor principal no cumple con sus obligaciones durante más de tres meses después de celebrar un contrato de garantía, el acreedor debe notificarlo sin demora", dijo el abogado Jong-Hoon Han de Bufete de abogados Daeryun, que representó a la Compañía A. "Sin embargo, en este caso, la compañía constructora pagó parcialmente el precio del concreto premezclado en dos ocasiones, lo que resultó en un cambio en el período de obligación de notificación".
Continuó: “La empresa B reclamó la negligencia de la empresa A en su obligación de notificar, pero como no hay datos para determinar cuándo se deterioraron los fondos, no se puede especificar el período de obligación de notificar, por lo que el reclamo del demandado es infundado”. Continuó: "La empresa B, la garante solidaria, sigue siendo responsable porque la cantidad impaga de la empresa constructora permanece. Tanto en el primer juicio como en el segundo no se produjo ningún cambio en la responsabilidad solidaria, y la demanda pudo concluir con la victoria del demandante".
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Tribunal: “Precio de los bienes no pagados… El garante conjunto debe pagar juntos” (atajo)Todas las áreas De un vistazo
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