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2025-09-08

El Sr. A fue acusado de publicar pornografía sintética recibida de una persona desconocida en las redes sociales.
Tribunal: No culpable porque partes o acciones sexuales no fueron expresadas explícitamente
Un hombre que fue juzgado por distribuir pornografía sintética en las redes sociales fue absuelto en el primer juicio.
La sucursal de Hongseong del tribunal de distrito de Daejeon anunció el 22 del mes pasado que el Sr. A, de unos 40 años, fue declarado inocente de los cargos de distribución de pornografía en virtud de la Ley de Promoción de la Utilización de las Redes de Información y Comunicaciones y de Protección de la Información, etc. (Ley de Redes de Información y Comunicaciones).
En mayo del año pasado, el Sr. A fue acusado de recibir una fotografía compuesta del rostro y partes del cuerpo de una mujer específica en ropa interior de una persona desconocida y subirla a su cuenta SNS.
En ese momento, se confirmó que el Sr. A también ingresó información sobre el nombre, la edad y la condición física de la mujer.
El Sr. A negó los cargos.
Es cierto que se publicaron algunas fotos recibidas de SNS, pero la intención es que sea difícil ver estas fotos como "pornografía".
Al mismo tiempo, el Sr. A enfatizó que en la foto no había poses que recordaran actividad sexual.
Además, el Sr. A añadió que, teniendo en cuenta que él mismo no compuso la foto y que la foto estaba tan elaborada que era difícil confirmar claramente si fue compuesta, es difícil decir que la publicó con la intención de ser obscena.
El tribunal declaró inocente al Sr. A.
El tribunal explicó: “Al observar las fotografías, es difícil evaluarlas porque expresan o representan explícitamente partes o actos sexuales”.
Al mismo tiempo, dijo, "Incluso cuando se comparan fotografías de cuerpo completo usando ropa interior con anuncios de ropa interior de mujeres, la diferencia no parece ser lo suficientemente significativa como para ser considerada pornográfica".
El abogado Byeon Gwan-hoon de Bufete de abogados Daeryun, que representó al Sr. A, dijo: "Según el precedente, para ser considerado un 'material pornográfico', no es suficiente simplemente dar un sentimiento vulgar y promiscuo relacionado con el interés sexual; las partes o acciones sexuales deben expresarse de manera excesiva y explícita. Con base en estos contenidos, enfatizamos que es difícil concluir que la publicación en cuestión constituye un 'material pornográfico' que requiere un castigo penal".
#Distribución de pornografía #Pornografía sintética #Accidente #No culpable
Shin Min-ji (sourminjee@ikbc.co.kr)
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Un hombre de 40 años es 'no culpable' por publicar fotografías compuestas e información personal de una mujer en ropa interior en las redes sociales... ¿Por qué? (Atajo)Todas las áreas De un vistazo
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