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2026-03-12

El Tribunal Supremo dictaminó que si se tomaba una medida redisciplinaria después de que la medida disciplinaria hubiera sido cancelada debido a defectos de procedimiento, la acción era legal incluso si el plazo de prescripción de la medida disciplinaria había expirado desde el momento de la falta.
Según la comunidad jurídica el día 11, la Corte Suprema desestimó el reclamo del demandante y confirmó la victoria del sindicato en el juicio de apelación de la demanda de confirmación de invalidez de honestidad presentada por el Sr. B, un empleado auditor del Sindicato A (en adelante, el Sindicato), contra el sindicato en enero.
Este incidente se remonta a 2015.
El Sr. B, que en ese momento era empleado de la oficina de auditoría del sindicato, fue acusado de omitir u ocultar intencionalmente hechos de mala conducta, incluida malversación de fondos, por parte de un compañero de trabajo.
En consecuencia, el sindicato tramitó el despido disciplinario (despido) del Sr. B en 2020, pero el Sr. B se opuso y presentó una demanda, y en febrero de 2023, el Tribunal Supremo confirmó la invalidez del despido disciplinario.
En consecuencia, el sindicato reintegró al Sr. A y redujo el nivel de la acción disciplinaria, imponiendo una "suspensión de seis meses" (segunda acción disciplinaria).
Sin embargo, esta vez, la Comisión Local de Relaciones Laborales lo canceló por fallas procesales.
Al final, el sindicato corrigió las deficiencias procesales y dictó otra suspensión de seis meses (tercera acción disciplinaria) en noviembre de 2023.
En respuesta, el Sr. B presentó otra demanda, diciendo: “La acción disciplinaria en 2023 por mala conducta en 2015 habría excedido el plazo de prescripción de la acción disciplinaria, que suele ser de 5 años”.
El tribunal de primera instancia falló a favor del Sr. B.
El tribunal resolvió que “al haberse solicitado una decisión disciplinaria cinco años después de la fecha en que surgió el motivo de la acción disciplinaria, la disposición pertinente era inválida por un defecto en el que la acción disciplinaria había prescrito”.
Sin embargo, la sentencia del tribunal segundo de instancia fue diferente.
El tribunal de apelaciones dijo: "El reglamento disciplinario del sindicato demandado (artículo 6, párrafo 4) establece claramente que 'cuando una acción disciplinaria ha sido declarada inválida o cancelada por el tribunal o la Comisión de Relaciones Laborales, se puede tomar una decisión disciplinaria nuevamente a pesar del plazo de prescripción". después del plazo de prescripción”.
Añadió: "Mientras estaba a cargo del trabajo de auditoría, el demandante realizó una gran transacción financiera con la parte infractora y, basándose en esto, toleró el hecho de malversación de fondos, causando daño al sindicato. Considerando el hecho de que el nivel de acción disciplinaria se redujo del despido inicial a una suspensión de seis meses, es difícil ver la disposición del acusado como un abuso de discreción".
El Tribunal Supremo también consideró justificable la decisión del juicio original y desestimó el recurso del demandante.
El abogado Cho Ik-cheon de Bufete de abogados Daeryun, que representó al sindicato, dijo: "El primer juicio señaló que el plazo de prescripción había expirado, pero este caso fue un procedimiento 'redisciplinario' que se produjo cuando la acción disciplinaria anterior fue invalidada o cancelada, por lo que expresamos que el estatuto de limitaciones no se aplica".
Y agregó: “Hubo un buen resultado porque demostró que no se trataba de una solicitud de nueva decisión disciplinaria, sino de una ‘modificación’ de la decisión legalmente solicitada”.
#Tribunal Supremo #Acción disciplinaria #Prescripción #Accidente
Shin Min-ji (sourminjee@ikbc.co.kr)
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'Despido→Reinstalación→Redisciplina'...'Tres acciones disciplinarias' en un período de 10 años, la victoria final del Tribunal Supremo para la dirección (enlace)Todas las áreas De un vistazo
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