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2026-05-06

Cuando se trata de gestión empresarial, la noticia de la rehabilitación de un socio comercial o de su declaración de quiebra no es sólo una mala noticia, es un riesgo fatal que puede conducir a una serie de quiebras para la empresa. Como abogado, actualmente ayudo a numerosas empresas a responder a crisis de quiebras, pero a menudo recuerdo como una lección dolorosa el desafortunado caso de una pequeña empresa que quebró con excedentes que encontré hace 10 años cuando trabajaba como síndico de quiebras corporativas en Uijeongbu.
Si bien la empresa sabía que su socio comercial había entrado en un proceso de rehabilitación corporativa, no informó sus reclamaciones a tiempo y finalmente tuvo que enfrentar el desastroso resultado de ser expulsada del mercado sin poder recuperar un solo centavo. Es de lamentar profundamente que la peor fase de quiebras en serie se hubiera podido evitar si el informe de bonos se hubiera completado dentro del tiempo dorado y algunos de los fondos se hubieran recuperado dentro del proceso de rehabilitación.
Lo primero que los acreedores deben tener en cuenta para proteger sus derechos en los procedimientos de rehabilitación empresarial es el breve "período de presentación de reclamaciones" de aproximadamente dos semanas a un mes, que el tribunal designa junto con la decisión de inicio. Si el tribunal aprueba un plan de rehabilitación sin informar reclamaciones legítimas dentro de este plazo, las reclamaciones perderán permanentemente su efecto de conformidad con el artículo 251 de la Ley de Rehabilitación del Deudor.
Por supuesto, existe una excepción (artículo 151 de la misma ley) en la que se considera que el crédito ha sido notificado a tiempo si consta en la lista de acreedores presentada por el administrador judicial. Sin embargo, en la práctica, a menudo sólo se registra una parte del importe del crédito o se omite por completo y, a menos que el acreedor se presente directamente e informe la diferencia, existe la limitación fatal de que el derecho inevitablemente se disolverá. Incluso si un informe de fianza se completa de manera oportuna, solo puede reflejarse en el plan de rehabilitación después de pasar un estricto proceso de aprobación/denegación de fianza, por lo que el cumplimiento estricto de la fecha límite es un requisito previo para todas las respuestas.
Por supuesto, para aliviar a los acreedores que no cumplieron con el período de presentación de informes, en el futuro se ha establecido un sistema de presentación de informes complementario en virtud del artículo 152 de la Ley de Rehabilitación de Deudores, etc., pero recuperar sus derechos a través de este no es en modo alguno fácil. En principio, incluso estos futuros informes complementarios están restringidos una vez finalizada la "reunión correspondiente para la audiencia sobre el plan de rehabilitación".
Sin embargo, a través del precedente de la Corte Suprema (2011G256, etc.), se estableció el principio legal de que "si el administrador conocía o podía haber conocido fácilmente la existencia del reclamo de rehabilitación pero no lo inscribió en la lista de acreedores de rehabilitación, el administrador no perderá el derecho como excepción y podrá presentar un informe complementario más tarde dentro del mes siguiente a la fecha en que tuvo conocimiento del procedimiento de rehabilitación", ampliando así el alcance de la reparación. También existe un precedente (2006Da77197) que establece que se puede obtener reparación mediante una acción de cumplimiento incluso después de que se complete el procedimiento de rehabilitación.
Sin embargo, el riesgo esencial que deben afrontar las empresas en este caso es que la carga de la prueba para demostrar la "intencionalidad o negligencia grave del administrador (que sabía o podría haber conocido fácilmente)" recae enteramente en el acreedor. Es un área de incertidumbre judicial que resulta extremadamente difícil en la práctica para los acreedores que tienen dificultades para acceder a información interna para explicarla una por una con evidencia jurídica objetiva.
Al final, ante el riesgo de quiebra de un socio comercial, "esperar y ver" o "juicios arbitrarios basados en información de Internet" están prohibidos, y la única solución es una respuesta legal preventiva y exhaustiva dentro de Golden Time. En particular, para superar las últimas tendencias prácticas del tribunal competente y el umbral de los estrictos procedimientos de investigación de fianzas, es necesario evitar una respuesta a posteriori y diseñar una lógica de defensa sistemática desde el inicio del caso.
Ante una crisis importante en la que está en juego la supervivencia de una empresa, la respuesta más fiable sería contratar a un abogado de rehabilitación que esté familiarizado con la práctica local pertinente.
Ayuda: Abogado Seongmoon Choi del bufete de abogados Daeryun
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Guía de expertos para prevenir la pérdida de fianzas durante los procedimientos de rehabilitación (enlace)Todas las áreas De un vistazo
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