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2026-06-18

Presentó el anuncio de contratación y un certificado de empleo para un préstamo,
pero tanto en primera instancia como en apelación se le reconoció como autónomo
Un trabajador que realizaba labores de carga y descarga de mercancías en la madrugada presentó una demanda de nulidad de despido alegando su condición de trabajador con base en un anuncio de contratación y un certificado de empleo, pero perdió tanto en primera instancia como en apelación.
El Tribunal Superior de Suwon informó el día 18 que el 21 de mayo mantuvo el resultado de primera instancia, que había fallado en contra del demandante, en la apelación de la demanda de confirmación de nulidad de despido presentada por el hombre A, de unos 40 años, contra la empresa de suministro de personal B.
A fue asignado en 2023, a través de la empresa B, a una tienda outlet de unos grandes almacenes, donde realizaba labores de carga y descarga de productos durante 1 o 2 horas en la madrugada. Posteriormente, cuando la empresa B le notificó el fin de sus labores, A presentó una demanda alegando que era un trabajador formal de la empresa B, con base en el certificado de empleo que había obtenido con fines de préstamo y el contenido del anuncio de contratación.
Por su parte, la empresa B lo refutó por completo, afirmando que había contratado a A como autónomo y que nunca le había dado instrucciones concretas de trabajo ni gestionado su entrada y salida. Sostuvo que el controvertido certificado de empleo no era más que un favor emitido para la conveniencia de A, y que la remuneración pagada también era una forma de ingreso empresarial basada en la cantidad de cajas transportadas, por lo que no se trataba de una relación laboral de subordinación.
El tribunal de primera instancia dio la razón a la empresa B. Consideró que el mensaje de texto que transmitía el volumen a cargar y descargar ese día era solo una indicación general necesaria para la ejecución del trabajo y no podía considerarse una instrucción o supervisión concreta.
El tribunal de apelación también mantuvo el criterio de primera instancia. El tribunal falló: "Lo importante en la relación entre el demandante y el demandado no era la prestación de trabajo en sí que suponía la ejecución de estas labores, sino el resultado de que los productos se cargaran y descargaran con normalidad y su cantidad". Añadió que, considerando además que la remuneración pagada se tramitó realmente como ingreso empresarial, la pretensión de A de confirmar la nulidad del despido, que presupone la existencia de una relación laboral, carecía de fundamento.
La abogada Im Ha-yeon, del bufete Daeryun, que representó a la empresa B, explicó: "La condición de trabajador se juzga en función de la estructura real del trabajo y de la existencia de dirección y supervisión", y añadió: "Pudimos lograr que se reconociera que no existía una relación laboral acreditando la modalidad de trabajo, el sistema de remuneración y la forma de tramitación fiscal".
Reportero Son Jong-uk handbell@kyeonggi.com
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El tribunal: "Aunque se haya emitido un certificado de empleo, si no hay dirección y supervisión efectivas no es trabajador"… pierde en segunda instancia la demanda de nulidad de despido (ir al enlace)Anterior
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