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2026-07-29

Últimamente se disparan los casos en que, a través de sitios de empleo en línea o de Telegram, se recluta a personas comunes con pretextos como trabajos de altos ingresos o simples recados, para usarlas como recolectores de efectivo o blanqueadores de dinero del voice phishing. Los detenidos por la policía suelen alegar su inocencia diciendo "no sabía que era un delito de voice phishing" o "solo transferí el dinero siguiendo instrucciones".
Sin embargo, en los tribunales abundan los casos en que, aun tratándose de simples partícipes, se imponen penas de prisión efectiva severas considerando la gravedad del delito de voice phishing. La razón por la que estas excusas no funcionan es que se aplica un criterio jurídico firme que exige rigurosamente responsabilidad como cómplices también a los recolectores y blanqueadores.
El punto que con más frecuencia se debate en los casos de voice phishing es si se configura la coautoría por conspiración. Muchos imputados niegan la relación de complicidad alegando que no engañaron directamente a la víctima, como los empleados del centro de llamadas, y que desconocían el plan completo del delito. Sin embargo, según el derecho penal, la conspiración no se reconoce únicamente cuando ha habido una planificación previa minuciosa del conjunto. El Tribunal Supremo considera que, cuando dos o más personas participan en un delito, basta con una unión de voluntades sucesiva y tácita para que se configure la relación de conspiración. Es decir, si se ejecutó el delito siendo consciente de que se desempeñaba un papel dividido dentro de una organización criminal, aunque se desconociera el método concreto de la estafa, se considera que existía la voluntad de realizar el delito en su conjunto y se asume una grave responsabilidad penal incluso por los actos de los demás cómplices.
Además, también se rechaza tajantemente en los tribunales el argumento de que solo se movió el dinero ya ingresado una vez terminada la estafa, por lo que se trataría de mera participación posterior o complicidad. Las organizaciones de voice phishing, para eludir el rastreo de las autoridades y apropiarse del dinero defraudado, transfieren necesariamente el dinero de la víctima de forma fragmentada a varias cuentas testaferro o pasan por un proceso de blanqueo simulando transacciones normales. Habitualmente, la organización criminal comienza el acto de engaño, es decir, el delito real, solo después de haber asegurado de antemano al encargado del blanqueo de dinero.
Por ello, los tribunales consideran que el acto del recolector o del blanqueador constituye una contribución esencial e imprescindible para la consumación del delito y la realización del beneficio. Si se participó con la conciencia de ayudar al blanqueo de dinero, aunque el acto concreto de blanqueo se realizara después de que el dinero de la víctima ya se hubiera transferido a la cuenta y la estafa hubiera quedado consumada, ello no supone obstáculo alguno para que se configure la complicidad en el delito de estafa.
De hecho, en un caso que el autor de este texto llevó recientemente, hubo un ejemplo en el que la persona desempeñaba el papel de recibir en su propia cuenta el dinero defraudado del voice phishing y luego retirarlo y transferirlo a una tercera cuenta. El acusado probaba a diario la posibilidad de retirada de esa cuenta y reportaba los comprobantes de transferencia bajo las minuciosas instrucciones y el estricto control de movimientos de sus superiores a través de Telegram. Durante el juicio, el acusado alegó que nunca conspiró en el delito, por lo que era un mero cómplice posterior o simple facilitador. Además, negó tajantemente los cargos afirmando que desconocía por completo que el dinero ingresado fuera producto del delito y que no tenía la intención de simularlo como bien lícito.
Sin embargo, el juicio del tribunal fue tajante. El tribunal consideró que el acto de blanqueo de dinero realizado por el acusado constituía una contribución esencial e imprescindible para la consumación del delito de voice phishing y la realización del beneficio, y lo reconoció como coautor del delito de estafa. Además, considerando de forma integral que el acusado recibía instrucciones de manera encubierta y una remuneración excesivamente alta en relación con la dificultad de la tarea, así como que él mismo sospechaba que se trataba de fondos de voice phishing, concluyó que el acusado tenía dolo eventual, al haber reconocido suficientemente, según el sentido común social, que dichos fondos eran ilícitos. Sobre esa base, el tribunal consideró que el acusado reconocía con claridad que se trataba de producto del delito y que tenía el propósito de simularlo, y dictó una condena.
El abogado Im Da-on, de la firma legal Daeryun, señaló: "Así, aunque uno se metiera creyendo que era un simple trabajito bien pagado, las autoridades y los tribunales aplican con rigor la doctrina del dolo eventual también a los recolectores y blanqueadores de más bajo nivel, considerando las características y el daño del delito de voice phishing", y advirtió: "Si uno se ve implicado inesperadamente en un caso, es muy peligroso limitarse a una respuesta de principios, alegando sin más su inocencia y presentándose como una víctima".
Añadió: "En un contexto con indicios suficientes para sospechar que se estaba manejando producto del delito, una negación emocional puede parecer, al contrario, una actitud de falta de arrepentimiento y servir de pretexto para agravar la pena. Por ello, la forma más realista de evitar el peor resultado es recibir desde el inicio del caso la asistencia de un abogado penalista, analizar objetivamente el contenido concreto de las instrucciones recibidas, el periodo de participación y los ingresos obtenidos, y preparar meticulosamente el margen de defensa jurídica".
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"Creía que era un trabajito bien pagado"… por qué a los recolectores del voice phishing no les sirve el 'no lo sabía' (ir al enlace)
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